Legislación › Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.
Apartado 5
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5. Profesorado.
5.1. 5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales asociados al perfil profesional, y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Actividades Agropecuarias son:
Módulo profesional ·
Especialidad del profesorado / otros ·
Cuerpo de la especialidad del profesorado ·
3051. Operaciones auxiliares de preparación del terreno, plantación y siembra de cultivos.
3052. Operaciones auxiliares de obtención y recolección de cultivos.
3113. Operaciones auxiliares de cría y alimentación del ganado.
3114. Operaciones básicas de manejo de la producción ganadera.
3115. Operaciones auxiliares de mantenimiento e higiene en instalaciones ganaderas.
·
Especialidad: – Operaciones y equipos de producción
•agraria agraria. ·
Otros:
• Profesor especialista, en su caso – Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
· – Profesores de Enseñanza Secundaria.
• Profesor Técnico – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
·
3111. Envasado y distribución de materias primas agroalimentarias.
·
• – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios.
• – Operaciones y equipos de producción agraria.
·
• Profesor Técnico – Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
– Profesores de Enseñanza Secundaria.
– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
·
3117. Formación en centros 3160. Proyecto intermodular de trabajo. aprendizaje colaborativo. ·
• – Operaciones y equipos de producción agraria.
– Operaciones y equipos de elaboración de productos
alimentarios.
·
• Profesor Técnico – Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
– Profesores de Enseñanza Secundaria.
– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
·
5.2. Las titulaciones requeridas para la impartición de – Especialidades docentes asignadas a los módulos profesionales, para ámbitos no profesionales de los centros ciclos formativos de titularidad privada o grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de titularidad pública 18 de otras administraciones distintas abril. ·
– Catedráticos de las educativas, son: Enseñanza Secundaria.
Módulos Profesionales – Profesores de Enseñanza Secundaria.
·
Titulaciones 3159. Itinerario personal para la empleabilidad. ·
– Formación y Orientación Laboral. ·
3051. Operaciones auxiliares – Catedráticos de preparación del terreno, plantación y siembra Enseñanza Secundaria.
– Profesores de cultivos. Enseñanza Secundaria.
3052. Operaciones auxiliares ·
5.2 Requisitos para el profesorado.
1. La docencia de obtención los módulos profesionales y recolección de cultivos. proyecto intermodular de
3111. Envasado y distribuciónmaterias primas agroalimentarias. aprendizaje colaborativo que constituyen las enseñanzas de
3113. Operaciones auxiliarescría y alimentación del ganado. este ciclo formativo corresponde al profesorado de
3114. Operaciones básicasmanejo las especialidades establecidas en el apartado 5.1 pertenecientes a los cuerpos indicados en dicha tabla, sin perjuicio de lo establecido en la producción ganadera. disposición transitoria sexta del Reglamento de
3115. Operaciones auxiliaresmantenimiento e higiene en instalaciones ganaderas. ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en
3117. Formacióncentros los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de trabajo. 3 de mayo, de Educación, aprobado por el
·
• Licenciado, Ingeniero, Arquitecto otítulo Real Decreto 276/2007, de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. · 23 de febrero.
5.3. 2. Las titulaciones habilitantes condiciones de acceso a efectos los cuerpos a que se refiere el apartado anterior serán las recogidas en el Real Decreto 276/2007, de docencia para 23 de febrero.
3. Para la impartición de los módulos profesionales, para los profesionales y del proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo en centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, son: las titulaciones requeridas y
Módulos Profesionales
·
Titulaciones
·
3051. Operaciones auxiliares de preparación del terreno, plantación y siembra de cultivos.
3052. Operaciones auxiliares de obtención y recolección de cultivos.
3111. Envasadodistribución los requisitos necesarios para el profesorado serán los mismos que los exigidos para el acceso a las especialidades de materias primas agroalimentarias. los cuerpos docentes a que se refiere el apartado anterior, según la atribución docente que se establece para cada módulo en el apartado 5.1. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los resultados de
3113. Operaciones auxiliarescría y alimentación del ganado. aprendizaje de
3114. Operaciones básicasmanejo los módulos profesionales y, si dichos elementos citados no estuvieran incluidos, además de la producción ganadera. titulación, deberá acreditarse, mediante certificación, una experiencia laboral de, al menos, tres años en
3115. Operaciones auxiliares de mantenimiento e higieneinstalaciones ganaderas. el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en
3117. Formacióncentros empresas relacionadas implícitamente con los resultados de trabajo. aprendizaje.
·
• Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o 4. En caso de contar con otros perfiles colaboradores, estos deberán cumplir los requisitos indicados en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. · 18 de julio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de mayo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-10683 | Leer | Qué cambió |
| 30 de mayo de 2014 | Texto original | Leer |


