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Legislación › Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.

Apartado 5

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5. Profesorado.
5.1. 5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales asociados al perfil profesional, y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Actividades Agropecuarias son:
Módulo profesional
·
Especialidad del profesorado / otros
·
Cuerpo de la especialidad del profesorado
·
3051. Operaciones auxiliares de preparación del terreno, plantación y siembra de cultivos.
3052. Operaciones auxiliares de obtención y recolección de cultivos.
3113. Operaciones auxiliares de cría y alimentación del ganado.
3114. Operaciones básicas de manejo de la producción ganadera.
3115. Operaciones auxiliares de mantenimiento e higiene en instalaciones ganaderas.
·
Especialidad:
•
– Operaciones y equipos de producción agraria
Otros:
agraria. ·
• Profesor especialista, en su caso – Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
· – Profesores de Enseñanza Secundaria.
• Profesor Técnico – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
·
3111. Envasado y distribución de materias primas agroalimentarias.
·
• – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios.
• – Operaciones y equipos de producción agraria.
·
• Profesor Técnico – Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
– Profesores de Enseñanza Secundaria.
– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de
Formación Profesional.
·
3117. Formación en centros 3160. Proyecto intermodular de trabajo. aprendizaje colaborativo. ·
• – Operaciones y equipos de producción agraria.
– Operaciones y equipos de elaboración de productos
alimentarios.
·
• Profesor Técnico – Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
– Profesores de Enseñanza Secundaria.
– Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de
Formación Profesional.
·
5.2. Las titulaciones requeridas para la impartición de – Especialidades docentes asignadas a los módulos profesionales, para ámbitos no profesionales de los centros ciclos formativos de titularidad privada o grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de titularidad pública 18 de otras administraciones distintas abril. ·
– Catedráticos
de las educativas, son: Enseñanza Secundaria.
Módulos Profesionales – Profesores de Enseñanza Secundaria.
·
Titulaciones 3159. Itinerario personal para la empleabilidad. ·
– Formación y Orientación Laboral. ·
3051. Operaciones auxiliares – Catedráticos de preparación del terreno, plantación y siembra Enseñanza Secundaria.
– Profesores
de cultivos. Enseñanza Secundaria.
3052. Operaciones auxiliares ·
5.2 Requisitos para el profesorado.
1. La docencia
de obtención los módulos profesionales y recolección de cultivos.
3111. Envasado y distribución
proyecto intermodular de materias primas agroalimentarias.
3113. Operaciones auxiliares
aprendizaje colaborativo que constituyen las enseñanzas de cría y alimentación del ganado.
3114. Operaciones básicas
este ciclo formativo corresponde al profesorado de manejo las especialidades establecidas en el apartado 5.1 pertenecientes a los cuerpos indicados en dicha tabla, sin perjuicio de lo establecido en la producción ganadera.
3115. Operaciones auxiliares
disposición transitoria sexta del Reglamento de mantenimiento e higiene en instalaciones ganaderas.
3117. Formación
ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en centros los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de trabajo.
·
• Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o
3 de mayo, de Educación, aprobado por el título Real Decreto 276/2007, de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. · 23 de febrero.
5.3. 2. Las titulaciones habilitantes condiciones de acceso a efectos los cuerpos a que se refiere el apartado anterior serán las recogidas en el Real Decreto 276/2007, de docencia para 23 de febrero.
3. Para
la impartición de los módulos profesionales, para los profesionales y del proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo en centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, son:
Módulos Profesionales
·
Titulaciones
·
3051. Operaciones auxiliares de preparación del terreno, plantación y siembra de cultivos.
3052. Operaciones auxiliares de obtención y recolección de cultivos.
3111. Envasado
las titulaciones requeridas y distribución los requisitos necesarios para el profesorado serán los mismos que los exigidos para el acceso a las especialidades de materias primas agroalimentarias.
3113. Operaciones auxiliares
los cuerpos docentes a que se refiere el apartado anterior, según la atribución docente que se establece para cada módulo en el apartado 5.1. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los resultados de cría y alimentación del ganado.
3114. Operaciones básicas
aprendizaje de manejo los módulos profesionales y, si dichos elementos citados no estuvieran incluidos, además de la producción ganadera.
3115. Operaciones auxiliares de mantenimiento e higiene
titulación, deberá acreditarse, mediante certificación, una experiencia laboral de, al menos, tres años en instalaciones ganaderas.
3117. Formación
el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en centros empresas relacionadas implícitamente con los resultados de trabajo.
·
aprendizaje.
• Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o 4. En caso de contar con otros perfiles colaboradores, estos deberán cumplir los requisitos indicados en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. · 18 de julio.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10683 Leer Qué cambió
30 de mayo de 2014 Texto original Leer

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