Legislación › Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.
Artículo 31.
Artículo 31.
1. En los parques naturales existirá un órgano asesor y colaborador propio, denominado Patronato, adscrito en cada caso al órgano gestor del parque natural.
2. Los Patronatos podrán funcionar en Pleno y en Comisión permanente.


