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Legislación › Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.

Artículo 73.

Artículo 73.

En el ámbito de cada territorio histórico existirá un Consejo Territorial de Pesca, con la composición y funciones que reglamentariamente se determinen.

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