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Legislación › Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.

Artículo 82.

Artículo 82.

Corresponde a los órganos forales competentes la iniciación, instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores.

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