Legislación › Decreto Legislativo 1/2014, de 15 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco.
Artículo 82.
Artículo 82.
Corresponde a los órganos forales competentes la iniciación, instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores.


