Legislación › Ley 1/2014, de 14 de abril, del Impuesto sobre las Afecciones Ambientales del Uso del Agua.
Disposición final segunda. Texto refundido en materia de tributos propios.
Disposición final segunda. Texto refundido en materia de tributos propios.
Se autoriza al Consejo de Gobierno a elaborar un texto refundido del conjunto de disposiciones vigentes en materia de tributos propios con facultades de aclaración, regularización y armonización de las mismas. El plazo para el ejercicio de esta delegación será de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley.
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