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Legislación › Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados a consumo humano.

Articulo 7. Controles.

Articulo 7. Controles.

Los controles sobre el cumplimiento de lo dispuesto en este real decreto se incluirán en el Programa Plurianual de Controles establecido en el Título V del Reglamento (CE) n.º 882/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales.

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