Legislación › Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears.
Artículo 44. Modificación de las instalaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de febrero de 2014 y la del 16 de abril de 2019.
Tachado: lo que se quitó (283 palabras). Subrayado: lo que se añadió (216 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 44. Actividades inocuas, menores o modificaciones que estén incluidas en los títulos II y III del anexo I que no precisen Modificaciones durante la ejecución de obra. las obras o instalaciones.
1. Una vez finalizada la instalación de la actividad, el titular deberá presentar una declaración responsable La realización de inicio y ejercicio cambios en relación con las obras o instalaciones autorizadas o que han sido objeto de la actividad, manifestar comunicación previa supone la conformidad necesidad de ésta con el planeamiento urbanístico e instar a su inscripción en el registro autonómico de actividades. la modificación del permiso de
La declaración responsableinicio y ejercicio instalación, en su caso, o de modificar la actividad deberá ir acompañada de comunicación previa indicando los siguientes datos y documentos: cambios a realizar.
En el caso 2. Cuando se trate de actividades inocuas: actuaciones sujetas a un certificado sobre el cumplimiento permiso de instalación, el promotor debe suspender la normativa aplicable suscrito por un técnico o una técnica competente ejecución de las obras e instalaciones hasta que incluya una memoria técnica sucinta sobre se autoricen las modificaciones pretendidas cuando la actividad y modificación que quiere realizarse supone alteración de las instalaciones, acompañada condiciones de los planos uso del suelo, altura, volumen, situación de emplazamiento las edificaciones y ocupación máxima autorizadas. La normativa de lo realmente ejecutado, tanto aplicación a este tipo de planta como modificaciones es la vigente en el momento del otorgamiento de altura, a escala adecuada, con la ubicación modificación del permiso de los elementos esenciales instalación o de las instalaciones técnicas y realización de maquinaria, con una ficha resumen la modificación de la actividad. En el caso comunicación previa.
3. Con respecto al resto de actividades menores: modificaciones, el proyecto promotor puede solicitar en cualquier momento la modificación del permiso de actividad instalación o presentar la modificación de lo realmente ejecutado conforme al título I del anexo II que incluya la ficha resumen, y un certificado comunicación previa, según corresponda. Cuando se inste la modificación del técnico director conforme a los modelos oficiales. permiso de instalación, no se podrá presentar la declaración responsable
2. La presentacióny el pago de los tributos correspondientes facultará para el inicio y el ejercicio de la actividad, sin perjuicio actividad hasta que no se haya autorizado esta modificación. La normativa de lo indicado aplicación a este tipo de modificaciones es la vigente en el punto 4 momento del artículo 71 bis de la Ley 30/1992, otorgamiento del permiso de 26 instalación inicial o de noviembre. realización de
3. El órgano competente dispone del plazo30 días desde la presentación primera comunicación previa.
No obstante, cuando las modificaciones que se realicen solo afecten al proyecto de la declaración responsable para registrar los datos indicados en ella actividades y la documentación prevista no tengan carácter sustancial de acuerdo con lo fijado en el punto 1 anterior, artículo 11, será suficiente comunicar esta circunstancia en el registro autonómico la presentación de actividades permanentes. Cuando la declaración responsable se realice a través de plataformas electrónicas de intercambio de información de ámbito estatal o autonómico que no acepten documentación adjunta, el titular inicio de la actividad deberá presentarla en el plazo de 10 días para su inscripción prevista en el registro. La no presentación de la documentación determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan derivarse. artículo 45.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-15579 | Leer | Qué cambió |
| 7 de diciembre de 2025 | BOE-A-2026-487 | Leer | Qué cambió |
| 9 de octubre de 2025 | BOE-A-2025-90242 | Leer | Qué cambió |
| 7 de septiembre de 2025 | BOE-A-2025-90220 | Leer | Qué cambió |
| 8 de noviembre de 2022 | BOE-A-2023-2981 | Leer | Qué cambió |
| 20 de octubre de 2020 | BOE-A-2020-14467 | Leer | Qué cambió |
| 15 de mayo de 2020 | BOE-A-2020-8011 | Leer | Qué cambió |
| 16 de abril de 2019 | BOE-A-2019-3914 | Leer | Qué cambió |
| 28 de febrero de 2014 | Texto original | Leer |


