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Legislación › Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears.

Artículo 45. Efectos de la presentación de la declaración responsable.

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Artículo 45. Inicio y ejercicio de las actividades.
1. El inicio y el ejercicio
Ineficacia de una actividad inocua solo requiere la presentación al órgano competente de una declaración responsable del titular en la que se identifique la actividad que debe llevarse a cabo y que declare que la actividad se encuentra comprendida dentro responsable.
La inexactitud, falsedad u omisión,
de las del título III del anexo carácter esencial, de la ley y cualquier dato o información que se cumple con la normativa vigente que resulte de aplicación.
2. El inicio y el ejercicio de una actividad mayor o menor requiere la presentación al ayuntamiento de
incorpore en una declaración responsable del titular en la que se identifique la actividad que debe llevarse a cabo y que se cumple con la normativa vigente que resulte de aplicación. Junto con la declaración debe presentarse:
a) Certificación de un técnico o una técnica competente acreditando que
determina la instalación se ha ejecutado imposibilidad de conformidad continuar con el proyecto de actividades que se ha comunicado al ayuntamiento ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se ha autorizado, según los casos, con la normativa que sea tenga constancia de aplicación y, en su caso, con las condiciones fijadas en la licencia, todo ello estos hechos, sin perjuicio de comunicar las circunstancias a las que se refiere el segundo párrafo del artículo 44.3. En todos los casos deben adjuntarse al certificado los planos del estado final de la instalación.
b) Si se han realizado obras que necesiten proyecto, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, debe presentarse también la certificación del técnico director
responsabilidades penales, civiles o la técnica directora de la obra acreditando la ejecución de la misma de acuerdo con el proyecto autorizado.
3. Las declaraciones responsables reguladas en los apartados anteriores deben acompañarse, si procede, con el documento acreditativo del pago de los tributos
administrativas que correspondan se devenguen. detecten.
4. La presentación de Sin embargo, la declaración responsable sustituye a administración competente deberá resolver declarando la licencia urbanística concurrencia de ocupación o primera utilización. A estos efectos, estas circunstancias que determinan la administración debe emitir, a solicitud invalidez del interesado, título habilitante, previa audiencia al titular, al que otorgará un certificado de plazo no necesidad de esta licencia inferior a fin de dos meses para que se pueda proceder a la contratación definitiva de servicios, sin perjuicio de la exigencia de otros documentos de subsanar las deficiencias observadas.
Con el
acuerdo con la normativa que resulte aplicable.
5. No es necesario presentar la documentación fijada en
inicia el apartado 2 cuando se presente una declaración responsable procedimiento para reiniciar una actividad suspendida por razones de temporalidad en los casos de actividades de servicio vinculadas a determinar la ocupación eventual ineficacia del dominio público, como es título habilitante, se puede ordenar el caso de los servicios cierre total o parcial de temporada en las playas y otros análogos. En estos casos, en la declaración responsable debe mencionarse actividad siempre que no se ha producido ninguna modificación sustancial con respecto a la instalación inicial. acrediten un riesgo para personas, sus bienes o el medio ambiente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de junio de 2026 En vigor BOE-A-2026-15579 Leer Qué cambió
7 de diciembre de 2025 BOE-A-2026-487 Leer Qué cambió
9 de octubre de 2025 BOE-A-2025-90242 Leer Qué cambió
7 de septiembre de 2025 BOE-A-2025-90220 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2022 BOE-A-2023-2981 Leer Qué cambió
20 de octubre de 2020 BOE-A-2020-14467 Leer Qué cambió
15 de mayo de 2020 BOE-A-2020-8011 Leer Qué cambió
16 de abril de 2019 BOE-A-2019-3914 Leer Qué cambió
28 de febrero de 2014 Texto original Leer

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