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Legislación › Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears.

Artículo 85. Inspección y control.

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Artículo 85. Facultades administrativas.
Los órganos de las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, velarán por la observancia de la legislación reguladora de las actividades. Por ello, disponen de las siguientes facultades:
a)
Inspección y control control.
1. Las actuaciones derivadas
de las actividades sujetas funciones inspectoras previstas en este título deben llevarlas a la presente ley.
b) Control
cabo los funcionarios que ocupen puestos de la realización trabajo que tengan atribuidas funciones en materia de actividades inspección de espectáculos públicos y recreativas.
c) Paralización, prohibición, suspensión
actividades y clausura de la actividad, espectáculos públicos. Los inspectores tienen carácter de la instalación técnica o agente de la maquinaria o de una parte de ésta, y adopción de las medidas de seguridad que se consideren necesarias. autoridad.
d) Adopción 2. En el ejercicio de las oportunas medidas provisionales y cautelares.
e) Sanción
sus funciones, los inspectores pueden ser auxiliados por la comisión de infracciones tipificadas en la presente ley.
f) Requerimiento al titular de una actividad para que envíe la correspondiente documentación a la administración competente.
personal funcionario.
g) Incoación, tramitación y resolución 3. No obstante lo establecido en el apartado 1 anterior, las administraciones públicas competentes pueden encomendar el ejercicio de los procedimientos funciones de modificación, caducidad, revocación inspección y revisión de control a entidades colaboradoras debidamente habilitadas en los títulos habilitantes de las actividades.
h) Decomiso de mercancías o bienes falsificados, fraudulentos o delictivos
términos establecidos en esta ley y en la normativa que puedan comportar riesgo para la salud. desarrolle.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de abril de 2019 En vigor BOE-A-2019-3914 Leer Qué cambió
28 de febrero de 2014 Texto original Leer

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