Legislación › Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears».


