Legislación › Real Decreto 578/2014, de 4 de julio, por el que se dictan disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea relativa a la alimentación de animales de producción con determinados piensos de origen animal.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final primera. Título competencial.
1. Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.16.ª de la Constitución, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad.
2. Los órganos competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán hacer uso de la excepción relativa a la utilización y el almacenamiento de los piensos compuestos en la explotación, contenida en el apartado 2 de la sección D del capítulo III del anexo IV del Reglamento (CE) n.º 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001.


