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Legislación › Ley 2/2014, de 13 de junio, de Puertos de la Generalitat.

Artículo 1. Objeto de la ley y ámbito de aplicación.

Artículo 1. Objeto de la ley y ámbito de aplicación.

1. La presente ley tiene por objeto establecer la organización portuaria de la Generalitat y regular la planificación, la construcción, la gestión, la explotación y la disciplina en materia de puertos de conformidad con lo dispuesto en el Estatut d’Autonomia.

2. En el ámbito de las competencias de la Generalitat, la presente ley es de aplicación:

a) A los puertos y marinas interiores.

b) A las instalaciones marítimas y de acceso al mar.

c) Al transporte marítimo de cabotaje de competencia autonómica.

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