Legislación › Ley 2/2014, de 13 de junio, de Puertos de la Generalitat.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final primera. Título competencial.
La presente ley se dicta al amparo de las competencias que corresponden a la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 148.1.6.ª y 4.ª de la Constitución, y en el artículo 49.1.15.ª, 9.ª y 13.ª del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio.
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