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Legislación › Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

Disposición transitoria segunda. Aplicación de obligaciones de transparencia a relaciones jurídicas anteriores.

Disposición transitoria segunda. Aplicación de obligaciones de transparencia a relaciones jurídicas anteriores.

Las obligaciones establecidas en los artículos 4 y 5 nacen de la Ley y, en consecuencia, no será obstáculo para su exigibilidad, a partir de la entrada en vigor de esta ley, el mero hecho de que el contrato, subvención o cualesquiera otras formas de relación, estando vigentes, tengan su origen en una fecha anterior.

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