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Legislación › Ley 8/2013, de 27 de diciembre, de comunicación y publicidad institucional de Extremadura.

Artículo 5. Fomento de soportes respetuosos con el medio ambiente.

Artículo 5. Fomento de soportes respetuosos con el medio ambiente.

Se otorgará preferencia a los soportes que, sin merma de la eficacia de la campaña, sean más respetuosos con el medio ambiente. A estos efectos, dicha condición se contemplará específicamente en los pliegos de condiciones u ofertas para adjudicar las campañas publicitarias.

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