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Real Decreto 623/2014, de 18 de julio, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes ferroviarios y la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios.
En vigor Ministerio de Fomento · Publicada el 19 de julio de 2014 · Último cambio el 27 de febrero de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 29/10/2020
- Artículo 4. Obligación de investigar. 2 redacciones · cambió el 29/10/2020
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Naturaleza y adscripción. 2 redacciones · cambió el 27/02/2026
- Artículo 6. Independencia funcional y relación con las entidades públicas y privadas. 2 redacciones · cambió el 27/02/2026
- Artículo 7. Funciones. 3 redacciones · cambió el 27/02/2026
- Artículo 8. Composición. 2 redacciones · cambió el 27/02/2026
- Artículo 9. Funciones del Presidente. 3 redacciones · cambió el 27/02/2026
- Artículo 10. Funciones del Secretario. 2 redacciones · cambió el 27/02/2026
- Artículo 11. Nombramiento y mandato de los miembros de la Comisión. 2 redacciones · cambió el 27/02/2026
- Artículo 12. Funcionamiento de la Comisión. 2 redacciones · cambió el 27/02/2026
- Artículo 13. Cooperación. 3 redacciones · cambió el 27/02/2026
- CAPÍTULO III
- Artículo 14. Procedimiento de investigación. 2 redacciones · cambió el 29/10/2020
- Artículo 15. Resultado de la investigación. 2 redacciones · cambió el 29/10/2020
- Disposición adicional primera. Medios humanos y materiales de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios.
- Disposición adicional segunda. Investigación de accidentes e incidentes ferroviarios por los administradores de la infraestructura.
- Disposición adicional tercera. Investigación de accidentes e incidentes ferroviarios por las empresas ferroviarias.
- Disposición adicional cuarta. Investigación de accidentes e incidentes ferroviarios en las infraestructuras de los puertos de interés general.
- Disposición adicional quinta. Adecuación de procedimientos.
- Disposición transitoria primera. Expedientes en tramitación.
- Disposición transitoria segunda. Renovación de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario.
- Disposición final segunda. Modificación del Reglamento sobre seguridad en la circulación en la Red Ferroviaria de Interés General, aprobado por el Real Decreto 810/2007, de 22 de junio.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Incorporación del derecho de la Unión Europea.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO


