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Legislación › Real Decreto 627/2014, de 18 de julio, de asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y sus familiares.

ANEXO

ANEXO

Baremo de indemnizaciones del Seguro Obligatorio de Viajeros a los efectos previstos en este real decreto

Euros

1. Fallecimiento

72.121,46

2. Lesiones corporales:

Primera categoría

84.141,70

Segunda categoría

60.101,22

Tercera categoría

54.091,08

Cuarta categoría

48.080,96

Quinta categoría

42.070,84

Sexta categoría

36.060,72

Séptima categoría

30.050,60

Octava categoría

24.040,48

Novena categoría

18.030,36

Décima categoría

12.020,24

Undécima categoría

9.015,18

Duodécima categoría

7.212,14

Decimotercera categoría

5.409,10

Decimocuarta categoría

2.404,04

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