LexTotal

Legislación › Resolución de 11 de julio de 2014, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA).

ANEXO

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de enero de 2017 y la del 1 de octubre de 2019. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (52 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO
ÍNDICE
Relación de modificaciones
Capítulo 1.º Instrucciones preliminares.
Capítulo 2.º Introducción/lmportación.
2.1 Preliminar.
2.1.1 Composición del documento.
2.1.2 Definiciones.
2.1.3 Ventanilla Única Canaria (VEXCAN).
2.2 Documento completo Importación.
2.2.1 Operaciones que pueden formalizarse con DUA completo.
2.2.2 Instrucciones de casillas.
2.3 Formularios complementarios del documento completo de importación.
2.4 Declaración simplificada de importación.
2.4.1 Declaración simplificada formalizada en DUA.
2.4.2 DUA complementario.
2.5 Declaración simplificada en documento comercial.
2.6 PreDUA, solicitud de MRN.
Capítulo 3.º Expedición/Exportación.
3.1 Preliminar.
3.1.1 Composición del documento.
3.1.2 Definiciones.
3.1.3 Ventanilla única canaria (VEXCAN).
3.2 Documento completo de Exportación.
3.2.1 Operaciones que deben formalizarse con DUA completo.
3.2.2 Instrucciones de casillas.
3.3 Formularios complementarios del documento completo de Exportación.
3.4 Declaración simplificada en documento comercial.
3.4.1 Declaración simplificada.
3.4.2 Declaración recapitulativa.
3.5 Declaración incompleta por valor provisional.
3.6 Reexportación de mercancía previamente vinculada a D. Aduanero.
3.6.1 Instrucciones de casillas.
Capítulo 4.º Tránsito.
4.1 Preliminar.
4.1.1 Composición del documento.
4.1.2 Definiciones.
4.2 Documento de Tránsito.
4.2.1 Operaciones que pueden formalizarse.
4.2.2 Instrucciones de casillas.
4.2.3 Datos de seguridad.
4.2.4 Tránsitos expedidos a partir de declaraciones de exportación.
4.2.5 Tránsito simplificado por ferrocarril.
4.3 T2L/T2LF.
4.3.1 Utilización del documento único como T2L o T2LF.
4.3.2 Utilización del documento único para la declaración conjunta de exportación y T2LF.
4.4 Formularios complementarios del documento de tránsito y T2L.
Capítulo 5.º Vinculación al régimen de depósito aduanero y otros almacenes autorizados.
5.1 Preliminar.
5.1.1 Composición del Documento.
5.2 Vinculación /introducción.
5.2.1 Operaciones que deben formalizarse de acuerdo con las instrucciones del apartado 5.2.2.
5.2.2 Instrucciones de casillas.
5.3 Formularios complementarios.
Capítulo 5.º bis. Vinculación al régimen de depósito aduanero y otros almacenes autorizados actualizado al CAU.
5 bis.1. Operaciones que deben formalizarse de acuerdo con las instrucciones del apartado 5 bis.2
5 bis.2. Instrucciones relativas a los datos de la declaración
Capítulo
6.º Presentación de DUAs por transmisión electrónica de datos.
6.1 Preliminar.
6.2 Características del sistema.
6.3 Funcionamiento del sistema para declaraciones de importación, exportación o vinculación a depósito.
6.3.1 Contenido.
6.3.2 Presentación y admisión.
6.3.3 Despacho de la mercancía.
6.3.4 Comunicaciones mediante correo electrónico.
6.3.5 Exportaciones con salida indirecta (ECS): impresión del DAE.
6.3.6 Impresión de la carta de pago (031 y 032).
6.3.7 Consulta de deudas pendientes de ingreso y pago.
6.3.8 Modificación telemática de DUAs de exportación con posterioridad a la autorización del levante.
6.4 ECS declaración en la aduana de salida
6.4.1 Comunicación de llegada de la mercancía.
6.4.2 Mensaje de respuesta de la Aduana.
6.4.3 Impresión de la respuesta de la Aduana.
6.4.4 Despacho de salida.
6.4.5 Declaración en el manifiesto de salida.
6.4.6 Inexistencia del aviso de llegada.
6.4.7 Certificación de salida de la mercancía.
6.5 Funcionamiento del sistema para las declaraciones de tránsito.
6.6.1 Expedición de tránsitos.
6.6.2 Recepción del tránsito.
6.6 T2L/T2LF electrónico.
6.6.1 Expedición del T2L/T2LF.
6.6.2 Presentación T2L.
6.7 Archivo de la documentación de las declaraciones electrónicas.
6.8 Normativa aplicable.
APÉNDICE
I ·
Normas de utilización del Documento Único Administrativo en los supuestos de exportación de productos agrícolas acogidas al beneficio de la restitución ·
·
1. Datos declarables y documentos a incorporar. ·
·
2. Prueba acreditativa de la exportación. ·
·
3. Operaciones asimiladas a la exportación a los efectos del beneficio de la restitución. ·
·
4. Restituciones anticipadas. ·
·
5. Almacenes de Avituallamiento. ·
·
6. Envíos a Ceuta y Melilla. ·
·
7. Restituciones y régimen de perfeccionamiento activo. ·
·
8. Certificaciones. ·
II ·
Normas para cumplimentar el DUA en el caso de mercancías sujetas a Impuestos Especiales. ·
III ·
Descripción estados ECS y condiciones para modificar las declaraciones de exportación. ·
IV ·
Mercancía para buques y aeronaves. ·
V ·
Ventas de pescado extraído por buques nacionales y directamente exportado desde el mismo buque, sin pasar por territorio nacional. ·
VI ·
Despacho de mercancías carentes de importancia económica importadas o exportadas por particulares. ·
VII ·
Utilización de determinadas claves de régimen aduanero. ·
VIII ·
Importación en Ceuta y Melilla de mercancía que ha sido previamente objeto de exportación en el resto del territorio nacional. ·
IX ·
Simplificaciones previstas para el despacho de Bajo Valor y Pequeños Envíos. ·
X ·
Normas para la cumplimentación del DUA en las Islas Canarias a efectos del régimen específico de abastecimiento (REA). ·
XI ·
Procedimiento de emergencia en caso de caída de sistema. ·
XII ·
Despacho centralizado. ·
XIII ·
Cambio de ubicación. ·
XIV ·
Normas para cumplimentar el DUA en caso de mercancías sujetas al Impuesto sobre las Labores del Tabaco aplicable en Canarias. ·
XV ·
Supuestos especiales de declaración. ·
XVI ·
Simplificaciones en los intercambios nacionales de mercancía de la Unión con las Islas Canarias. ·
XVII ·
Formulario web de importación para particulares. ·
XVIII ·
Instrucciones para la declaración de determinados regímenes especiales
·
ANEXO
I ·
Relación de códigos Aduaneros. ·
II-A ·
Relación de Países por orden alfabético. ·
II-B ·
Lista de territorios, dependientes de los Estados miembros, con estatuto especial a efectos aduaneros, de Impuestos Especiales y de IVA. ·
III ·
Relación de claves consideradas como países especiales. ·
IV-A ·
Códigos de Aduanas contables. ·
IV-B ·
Códigos de las islas Canarias. ·
V ·
Condiciones de entrega. ·
VI ·
Relación de divisas. ·
VII ·
Códigos de Impuestos Especiales. ·
VIII ·
Codificaciones TARIC para casos especiales. ·
IX ·
Códigos de unidades suplementarias o fiscales. ·
X ·
Códigos tributos (casilla 47). ·
XI-A ·
Códigos de garantías de Tránsitos. ·
XI-B ·
Códigos de indicaciones especiales de tránsitos (casilla 44). ·
XII ·
Naturaleza de la transacción. ·
XIII ·
Tipo de bulto según la presentación de la mercancía. ·
XIV-A ·
Claves de regímenes aduaneros. ·
XIV-B ·
Claves casilla 37.2. ·
XV-A ·
Códigos de menciones especiales. ·
XV-B ·
Códigos documentos casilla 44. ·
XV-C ·
Formatos. ·
XVI ·
Impresos y modelos. ·
XVII ·
Códigos Ayuda Régimen Especial de Abastecimiento de Canarias (REA) ·
RESUMEN DE MODIFICACIONES
Apartado/casilla ·
Descripción ·
Capítulo 1.º Instrucciones preliminares. ·
Apdo. C ·
Supresión mención EDI en el último párrafo. ·
Apdo. E ·
Actualización redacción de acuerdo a nueva normativa y nuevo código 5 en el ámbito VEXCAN. ·
Capítulo 2.º Importación/introducción. ·
Cas 2 ·
Procedimiento simplificado en intercambios nacionales: obligatoriedad del NIF e indicador de modalidad de simplificación. ·
Cas 14 ·
Supresión uso del código de Agente.
Apartado 2, inclusión nuevo código 5 (VEXCAN).
Apartado 3, inclusión referencia a los Apéndices IX y XVI.
·
Cas 36 ·
Actualización referencias legales códigos 84 y 86. ·
Cas 37 ·
Régimen 42 y 63, modificación texto de acuerdo al R.UE 756/2012 Régimen 49, también para inclusión en DDA. ·
Cas 44 ·
Adaptación texto apartado c) guión 4.º al Apéndice XVI.
Se suprime el penúltimo punto referido a incluir el NIF del EORI declarado en la casilla 8.
·
Capítulo 3.º Expedición/Exportación. ·
Apdo. 3.2.1 ·
Nota a pie de página: inclusión referencia a procedimientos simplificados. ·
Cas 14 ·
Supresión uso del código de Agente.
Apartado 2, inclusión nuevo código 5 (VEXCAN).
·
Cas 44 ·
Se suprime el penúltimo punto referido a incluir el NIF del EORI declarado en la casilla 2. ·
Cas 46 ·
Mención al valor en las ventas en cadena y a los acuerdos previos de valoración. ·
Apdo. 3.4.1 ·
Supresión de este apartado por estar recogido en el Apéndice IX. ·
Apdo. 3.4.2 ·
Declaración simplificada de exportación en documento comercial ampliada a las expediciones al resto de Estados Miembros. Pasa a ser Apdo. 3.4. ·
Apdo. 3.5 ·
Ampliación de provisionalidad a la magnitud de control de la cuenta de existencias del DA o DDA. ·
Capítulo 4.º Tránsito. ·
Apdo. 4.1 ·
Adaptación al TFUE. ·
Apdo. 4.3 ·
Referencia al T2LF electrónico. ·
Apdo. 4.3 ·
lmpresión T2LF en Sede a partir de la declaración de expedición. ·
Capítulo 5.º Vinculación al régimen de depósito aduanero. ·
Cas 14 ·
Supresión uso código de Agente de Aduanas Apartado 2, inclusión nuevo código 5 (VEXCAN). ·
Cas 44 ·
Se suprime el penúltimo punto referido a incluir el NIF del EORI declarado en la casilla 8. ·
Cas 47 ·
Obligatoriedad de esta casilla también para el régimen 73. ·
Capítulo 6.º Presentación de DUAs or transmisión electrónica de datos. ·
6.3.3.4 ·
Ultimo párrafo: impresión de la liquidación realizada por la aduana. ·
6.3.8 ·
Nuevo: solicitud anulación electrónica de una exportación. ·
6.4.3 ·
Autorización de salida en Sede. ·
6.6.1.2 ·
T2L envíos a granel, modificación de la tramitación. ·
6.6.1.3 ·
Nuevo: solicitud de T2LF a través de la aplicación de T2L. ·
Apéndice II. ·
Apdo. A ·
Cas. 31: Supresión 2.º párrafo en letra d).
Cas. 33: Modificación textos códigos B y N.
Caso Especial: inclusión código exención IVA y modificación referencia.
·
Apdo. B ·
Cas. 37: Supresión código 127 e inclusión nuevo código 128.
Cas. 40: Inclusión ARC para las salidas indirectas nacionales.
Cas. 44: Supresión declaración del ARC para las salidas indirectas nacionales.
·
Apéndice III ·
Modificación declaraciones exportación: se admite para las tipo «C», tanto para régimen 10 como para régimen 31.
Nuevo código de documento 1224 para las declaraciones que sustituyen una anulada previamente.
Nueva opción electrónica: solicitud de anulación de la declaración de exportación.
·
Apéndice IV ·
Adaptación del procedimiento a la franquicia arancelaria aprobada con la Disposición adicional única de la Ley 16/2013, de 29 de octubre. ·
Apéndice VII ·
Inclusión de letra F para la declaración de productos compensadores en retorno y apartado G para vinculación a DDA. ·
Apéndice IX ·
Sustitución contenido. Nuevo apéndice «Simplificaciones previstas para el despacho de Bajo Valor y Pequeños Envíos». ·
Apéndice X ·
Nuevas referencias legales y adaptación a nueva normativa. ·
Apéndice XIII ·
Posibilidad de que la Aduana establezca el control de la mercancía en la ubicación de destino. ·
Apéndice XIV ·
Inclusión nuevo epígrafe 4T8. ·
Apéndice XVI ·
Nuevo Apéndice: Simplificaciones en los intercambios nacionales de mercancía comunitaria con las Islas Canarias. ·
Apéndice XVII ·
Nuevo Apéndice: Formulario web de importación. ·
Anexo I ·
Actualización códigos de recinto: supresión 1171 y 2914. Incorporación 3441. ·
Anexo II-A ·
Nuevo cuadro de acuerdo al R.UE 1106/2012. ·
Anexo II-B ·
Nuevo cuadro de territorios elaborado por la Comisión Europea. ·
Anexo III ·
Actualización columna observaciones en los códigos QR y QS. ·
Anexo IV-A ·
Supresión códigos de aduanas contables en desuso: 072, 074, 075, 114, 172, 173, 202, 352, 353. ·
Anexo VII ·
Inclusión nuevos códigos: 0H4, 0H5, 0H6, 0E4, 0FA, 0FB, 0FC, 0F6 y 0F7. ·
Anexo VIII ·
Inclusión nuevos códigos 99900007 y 99900008 y remisión del Apéndice IX. ·
Anexo IX ·
Nuevos códi os PW, TD y TG. ·
Anexo X ·
Inclusión nuevos códigos: 0H4, 0H5, 0H6, 0E4, 0FA, 0FB, 0FC, 0F6 y 0F7, 4T7 y 4T8. ·
Anexo XIII ·
Actualización códigos de embalaje a nueva versión publicada por R.UE 756/2012. ·
Anexo XIV-A ·
Actualización descripción códigos 42, 49 y 63. ·
Anexo XIV-B ·
Actualización referencia legal códigos «C», E02 y 801 a 806.
Nuevos códigos: F06, 110, 111, 112, 113, 128, 342 504.
·
Anexo XV-B ·
Actualización textos y referencias legales códigos.
Nuevos códigos comunitarios: C048, C401 a C405 C691-C692, D017-D018, E020, U065 a U071, IJ092 a U094, Y044, Y047-Y048, Y051 a Y056, Y800, Y910, Y932 a Y936.
Nuevos códigos nacionales: 1015, 1117-1118, 1223-1224, 5012, 5013, 9007, 9009 a 9013.
Supresión códigos: A024 a A026, C031, C634, U030, Y005 e Y050.
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de abril de 2022 En vigor BOE-A-2022-5519 Leer Qué cambió
26 de enero de 2016 BOE-A-2016-646 Leer Qué cambió
1 de octubre de 2019 BOE-A-2019-12996 Leer Qué cambió
6 de enero de 2017 BOE-A-2017-159 Leer Qué cambió
22 de julio de 2014 Texto original Leer

← Tercero Índice