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Legislación › Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón.

Artículo 30. Competencia.

Artículo 30. Competencia.

Corresponde al titular del Departamento que ejerce las funciones de protectorado de las fundaciones incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley la imposición de las sanciones que procedan.

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