Legislación › Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Se autoriza al Gobierno de Aragón para adoptar las medidas y dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.
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