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Legislación › Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón.

Disposición final segunda. Habilitación normativa.

Disposición final segunda. Habilitación normativa.

Se autoriza al Gobierno de Aragón para adoptar las medidas y dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.

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