Legislación › Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
Artículo 1. Naturaleza, adscripción y denominación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de enero de 2014 y la del 14 de octubre de 2017.
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Artículo 1. Naturaleza. Naturaleza, adscripción y denominación.
1. El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) es una entidad pública empresarial de las previstas en el artículo 43.1.b) 103 de la Ley 6/1997, de 14 40/2015, de abril, 1 de Organización y Funcionamiento octubre, de la Administración General Régimen Jurídico del Estado. Sector Público.
2. La entidad pública empresarial IDAE tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.
3. El IDAE estará adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Energía, Turismo y Agenda Digital a través de la Secretaría de Estado de Energía, a la que le corresponde su dirección estratégica y la evaluación y el control de eficacia de sus actuaciones, en los términos previstos en los artículos 43 85 y 59 103.2 de la Ley 6/1997, 40/2015, de 14 1 de abril. octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. Su denominación es E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de octubre de 2017 En vigor | BOE-A-2017-11751 | Leer | Qué cambió |
| 29 de enero de 2014 | Texto original | Leer |


