Legislación › Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Artículo 15. Recursos económicos.
Artículo 15. Recursos económicos.
Los recursos económicos del Instituto están integrados por:
a) Las transferencias contenidas en el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.
b) Las transferencias recibidas de la Administración General del Estado, otras Administraciones o de cualquier ente publico o privado para el cumplimiento de sus funciones.
c) Las tasas y precios públicos que resulten exigibles por la prestación de sus servicios.
d) Los créditos, préstamos y demás operaciones financieras que concierte.
e) Los ingresos de derecho privado.
f) Los productos, rentas o intereses generados por su patrimonio.
g) Cualquier otro recurso que se le pueda asignar.


