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Legislación › Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Artículo 15. Recursos económicos.

Artículo 15. Recursos económicos.

Los recursos económicos del Instituto están integrados por:

a) Las transferencias contenidas en el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

b) Las transferencias recibidas de la Administración General del Estado, otras Administraciones o de cualquier ente publico o privado para el cumplimiento de sus funciones.

c) Las tasas y precios públicos que resulten exigibles por la prestación de sus servicios.

d) Los créditos, préstamos y demás operaciones financieras que concierte.

e) Los ingresos de derecho privado.

f) Los productos, rentas o intereses generados por su patrimonio.

g) Cualquier otro recurso que se le pueda asignar.

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