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Legislación › Ley 10/2013, de 27 de noviembre, de inclusión social de Galicia.

Artículo 68. Acceso a las acciones formativas dirigidas a los desempleados.

Artículo 68. Acceso a las acciones formativas dirigidas a los desempleados.

Las personas incluidas en el tramo de inserción definido en los artículos 24 y siguientes de esta ley tendrán la consideración de colectivo prioritario en el acceso a los itinerarios personalizados de inserción y medidas de naturaleza semejante que regule y aplique el órgano superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma con competencias en materia de empleo.

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