Legislación › Ley 10/2013, de 27 de noviembre, de inclusión social de Galicia.
Artículo 70. Cualificación profesional.
Artículo 70. Cualificación profesional.
En las convocatorias realizadas por la Administración general de la Comunidad Autónoma para el reconocimiento de las competencias adquiridas por experiencia profesional y formación de carácter no formal se valorarán la experiencia y la formación recibida por las personas beneficiarias del tramo de inserción de la renta de inclusión social de Galicia, así como la experiencia y la formación recibida en los itinerarios formativos por las personas contratadas en las empresas de inserción.


