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Legislación › Ley 10/2013, de 27 de noviembre, de inclusión social de Galicia.

Disposición transitoria cuarta. Complemento de alquiler.

Disposición transitoria cuarta. Complemento de alquiler.

En relación con el complemento de alquiler establecido en el tramo personal y familiar, en tanto no se realice el desarrollo reglamentario correspondiente, solo será aplicable en un 10% del IPREM. En caso de que, una vez establecida la regulación, a la persona beneficiaria le corresponda un importe superior, será actualizado con la diferencia.

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