Legislación › Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.
ANEXO IV
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de agosto de 2014 y la del 22 de septiembre de 2016.
Tachado: lo que se quitó (188 palabras). Subrayado: lo que se añadió (182 palabras).
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ANEXO IV
LICENCIA GENERAL DE TRANSFERENCIA DE MATERIAL DE DEFENSA
LISTA DE ARTÍCULOS
La presente lista relaciona el Material de Defensa que puede ser incluido en la Licencia General de Transferencia. Excluye vehículos completos, buques, aeronaves u otros equipos completos. El listado hace referencia a la clasificación de los artículos de la Relación de Material de Defensa (anexo I del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, aprobado por Real Decreto 2061/2008, de 12 I.1 de diciembre). este Reglamento)
4. BOMBAS, TORPEDOS, COHETES, MISILES, OTROS DISPOSITIVOS Y CARGAS EXPLOSIVAS Y EQUIPO RELACIONADO Y ACCESORIOS, SEGÚN SE INDICA, Y LOS COMPONENTES DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLOS:
Componentes, subsistemas y repuestos incluidos en el artículo 4 del anexo I.1, excepto:
1/Minas antipersonal, y los componentes diseñados especialmente para ellas;
2/Cohetes, misiles capaces de alcanzar un rango de al menos 300 km;
3/Componentes utilizables en el apartado 2/ anterior según se indica:
• Etapas individuales de cohetes;
• Vehículos de reentrada, y componentes según se indica:
• a. Escudos térmicos y componentes para ellos;
• b. Disipadores de calor y componentes para ellos, o
• c. Equipos electrónicos para vehículos de reentrada;
• Motores de cohetes o misiles;
• Cuerpos de torpedos;
• Cargas para minas;
• Sub-municiones y sus dispensadores;
• Ojivas, cabezas de guiado, buscadores de objetivos o cebos para armas incluidas en el artículo 4;
• Sistemas de control del vector de empuje;
• Los dispositivos de seguridad, armado, cebado y disparo de armas u ojivas.
4/Sistemas MANP ADS MANPADS (misiles antiaéreos portátiles lanzados desde el hombro) completos (con o sin misiles, incluyendo equipos de lanzamiento y cohetes) y los componentes diseñados especialmente para ellos;
5/Misiles para MANP ADS MANPADS (incluyendo los misiles que puedan ser utilizados sin modificaciones en otras aplicaciones) y los componentes diseñados especialmente para ellos.
5. SISTEMAS DE DIRECCIÓN DE TIRO, EQUIPO RELACIONADO DE ALERTA Y AVISO, Y SISTEMAS RELACIONADOS, EQUIPO DE ENSAYO Y DE ALINEACIÓN Y DE CONTRAMEDIDAS, SEGÚN SE INDICA, DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA USO MILITAR, ASÍ COMO LOS COMPONENTES Y ACCESORIOS DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLOS:
Componentes, subsistemas Subartículos 5.a, 5.b, 5.c, 5.d están incluidos, excepto:
-Equipos de contramedidas
-Equipos y repuestos incluidos componentes excluidos de otras categorías en el artículo 5. la licencia general.
6. VEHÍCULOS TERRENOS Y COMPONENTES, SEGÚN SE INDICA:
Componentes, subsistemas Subartículos 6.a y repuestos 6.b. Todos los equipos están incluidos excepto:
-Vehículos completos
-Chasis y torretas
-Equipos y componentes excluidos de otras categorías en el artículo 6. la licencia general.
7. AGENTES QUÍMICOS O BIOLÓGICOS TÓXICOS, «AGENTES ANTIDISTURBIOS», “AGENTES ANTIDISTURBIOS”, MATERIALES RADIACTIVOS, EQUIPO RELACIONADO, COMPONENTES Y MATERIALES, SEGÚN SE INDICA:
Sólo:
Subartículo 7.g.: Equipos diseñados especialmente o modificados para uso militar, para la detección o identificación de los materiales especificados en los subartículos 7.a, 7.b o d, y componentes diseñados especialmente para ellos.
8. «MATERIALES ENERGÉTICOS», “MATERIALES ENERGÉTICOS”, Y SUSTANCIAS RELACIONADAS, SEGÚN SE INDICA:
Excepto:
Subartículo 8.a. «Explosivos» “Explosivos” según se indica (del 1 al 34), y las mezclas de ellos
Subartículo 8.g. «Precursores» “Precursores” según se indica (del 1 al 8), y las mezclas de ellos
9. BUQUES DE GUERRA (DE SUPERFICIE O SUBACUÁTICOS), EQUIPOS NAVALES ESPECIALES, ACCESORIOS, COMPONENTES Y OTROS BUQUES DE SUPERFICIE, SEGÚN SE INDICA:
Componentes, subsistemas Todos los equipos excepto:
-Buques y repuestos incluidos submarinos completos.
-Equipos de contramedida
-Equipos y componentes excluidos de otras categorías en el artículo 9. la licencia general.
10. «AERONAVES», «VEHÍCULOS “AERONAVES”, “VEHÍCULOS MÁS LIGEROS QUE EL AIRE», AIRE”, VEHÍCULOS AÉREOS NO TRIPULADOS (<UAVs>), (), MOTORES DE AVIACIÓN Y EQUIPO PARA «AERONAVES», “AERONAVES”, EQUIPOS ASOCIADOS Y COMPONENTES, SEGÚN SE INDICA, DISEÑADOS ESPECIALMENTE O MODIFICADOS PARA USO MILITAR:
Componentes, subsistemas Todos los subartículos 10.a, 10.d, 10.e, 10.f, 10.g, 10.h y repuestos incluidos en el artículo 10, 10.i están incluidos, excepto:
Subartículo c. Aeronaves -Aeronave completa
-Aeronaves no tripuladas y equipo relacionado, según se indica, y componentes diseñados especialmente para ellos:
1. Vehículos aéreos no tripulados, (<UAVs>), (), vehículos aéreos teledirigidos (<RPVs>), (), vehículos autónomos programables y «vehículos “vehículos más ligeros que el aire» aire” no tripulados;
2. Lanzadores, equipo de recuperación y equipo de apoyo en tierra;
3. Equipo diseñado para mando o control;
-Equipos y componentes excluidos de otras categorías en la licencia general.
11. EQUIPOS ELECTRÓNICOS, NO ESPECIFICADOS EN NINGUNA OTRA PARTE DEL ANEXO I.1, SEGÚN SE INDICA, Y COMPONENTES DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLOS:
Componentes, Solo componentes, subsistemas y repuestos incluidos en el artículo 11, excepto:
1/Conjuntos de guiado capaces de conseguir una exactitud del sistema de 3,33% 3,33 % o menos del alcance, que puedan utilizarse en cohetes o misiles capaces de alcanzar un rango de al menos 300 km;
2/Equipos de pruebas para MANPADs.
13. EQUIPOS Y CONSTRUCCIONES BLINDADAS O DE PROTECCIÓN, Y COMPONENTES, SEGÚN SE INDICA:
Sólo:
Subartículo 13.c: Cascos manufacturados de acuerdo con estándares o especificaciones militares, o con normas nacionales comparables, y componentes diseñados especialmente para ellos (es decir, el armazón, el forro y los acolchados del casco);
Subartículo 13.d: Trajes blindados o prendas de protección, y componentes para ellos, según se indica:
1. Trajes blindados blandos, prendas de protección manufacturadas para cumplir estándares o especificaciones militares, o sus equivalentes, y componentes diseñados especialmente para ellas;
Nota: A los efectos del subartículo 13.d.1., los estándares o especificaciones militares incluyen, como mínimo, especificaciones de protección contra la fragmentación.
2. Placas rígidas para trajes blindados que proporcionen protección antibalas de nivel igual o superior al nivel III (NIJ 0101.06, julio de 2008) o sus equivalentes nacionales.
14. «EQUIPOS ‘EQUIPOS ESPECIALIZADOS PARA EL ENTRENAMIENTO MILITAR» MILITAR’ O LA SIMULACIÓN DE ESCENARIOS MILITARES, SIMULADORES DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA EL APRENDIZAJE DEL MANEJO DE ARMAS DE FUEGO U OTRAS ARMAS ESPECIFICADAS EN LOS ARTÍCULOS 1 O Ó 2, Y COMPONENTES Y ACCESORIOS DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLOS.
Componentes, subsistemas y repuestos Todos los productos incluidos en el artículo 14, excepto:
1/Equipos de entrenamiento para MANP ADS MANPADS
15. EQUIPOS DE FORMACIÓN DE IMAGEN O DE CONTRAMEDIDA, SEGÚN SE INDICA, DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA USO MILITAR, Y COMPONENTES Y ACCESORIOS DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLOS:
Componentes, subsistemas Subartículos 15.b, 15.c, 15.d, y repuestos incluidos en el artículo 15. 15.e están incluidos.
16. PIEZAS DE FORJA, PIEZAS DE FUNDICIÓN Y PRODUCTOS SEMIELABORADOS, CUYO USO EN UN PRODUCTO SOMETIDO A CONTROL ES IDENTIFICABLE POR LA COMPOSICIÓN DEL MATERIAL, GEOMETRÍA O FUNCIÓN, Y LOS CUALES ESTÁN DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA CUALQUIER PRODUCTO ESPECIFICADO EN LOS ARTÍCULOS 1, 2, 3, 4, 6, 9, 10, 12 O Ó 19.
Componentes, subsistemas y repuestos Todos los equipos están incluidos en el artículo 16, sólo: excepto:
Los que estén -Los equipos relacionados con productos incluidos en los artículos 4, 6, 9 o 10 de la Relación de Material de Defensa. MANPADS
-Cualquier producto relacionado con equipos cuya exportación no está permitida con licencia general.
17. EQUIPOS MISCELÁNEOS, MATERIALES Y «BIBLIOTECAS», ‘BIBLIOTECAS’, SEGÚN SE INDICA, Y COMPONENTES DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLOS:
Componentes, subsistemas y repuestos incluidos en el artículo 17, excepto: Excepto:
Subartículo 17.f. «Bibliotecas» ‘Bibliotecas’ (bases de datos paramétricos técnicos) diseñadas especialmente para uso militar con alguno de los equipos especificados en el Anexo I.1 del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, aprobado por Real Decreto 2061/2008, de 12 de diciembre); uso;
Subartículo 17.g. Equipo nuclear generador de potencia o propulsión, incluyendo los «reactores nucleares», “reactores nucleares”, diseñado especialmente para uso militar y los componentes para ellos diseñados especialmente o «modificados» ‘modificados’ para uso militar;
Subartículo 17.n Modelos para ensayo diseñados especialmente para el «desarrollo» “desarrollo” de los materiales equipos especificados en los artículos 4, 6, 9 o 10. ó 10, y sus componentes especialmente diseñados.
18. EQUIPO DE PRODUCCIÓN Y COMPONENTES, SEGÚN SE INDICA:
Componentes, subsistemas y repuestos incluidos en el artículo 18, excepto:
1/Equipos de producción para MANPADS.
21. «EQUIPO LÓGICO» (<SOFTWARE>), “EQUIPO LÓGICO” (), SEGÚN SE INDICA:
Componentes, subsistemas Los subartículos 21.a y repuestos incluidos en el artículo 21, 21.b, sólo:
Subartículo 21.a: Equipo lógico (software) diseñado especialmente o modificado para el «desarrollo», “desarrollo”, la «producción» “producción” o la «utilización» “utilización” de equipos, materiales o «equipo lógico», “equipo lógico”, especificados en el anexo I.1 del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, aprobado por Real Decreto 2061/2008, de 12 de diciembre); uso;
Subartículo 21.b.1. «Equipo lógico» (<software>) “Equipo lógico” () diseñado especialmente para uso militar y diseñado especialmente para la modelización, la simulación o la evaluación de sistemas de armas militares;
22. «TECNOLOGÍA», “TECNOLOGÍA”, SEGÚN SE INDICA:
Excepto:
1/Código fuente. El código fuente sólo puede ser incluido cuando esté relacionado con equipo lógico (software) incluido en la presente lista (por ejemplo; no se incluye el código fuente relacionado con el subartículo 17.f.)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-11628 | Leer | Qué cambió |
| 22 de septiembre de 2016 | BOE-A-2016-8633 | Leer | Qué cambió |
| 27 de agosto de 2014 | Texto original | Leer |


