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Legislación › Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.

ANEXO IV

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de septiembre de 2014 y la del 28 de diciembre de 2018. Tachado: lo que se quitó (555 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1409 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO IV
Código Criterios de inversión cumplimentación del campo origen del gasto en los documentos contables ADOK.440, ADOK.450 Y OK.610
El código de identificación campo origen del gasto se cumplimentará con referencia al mes y año de inversiones está compuesto realización del gasto, de doce dígitos, acuerdo con la siguiente estructura: los siguientes criterios:
1.º) Dos dígitos destinados 1. Gastos de personal: se consignará el mes/año o último mes del periodo al que correspondan dichos gastos.
Cuando los gastos correspondan
a definir ayudas de acción social, se consignará el área geográfica mes/año en que se dicta el acto administrativo de la inversión. concesión de las mismas.
Además No obstante, para aquellos gastos de lo códigos habituales personal que provengan de contratos de servicios realizados por la provincia (01-52), entidad con un tercero, se prevén:
60
·
Servicios centrales.
·
80
·
Varias provincias
aplicarán las reglas establecidas en el apartado 5.–Gastos derivados de Andalucía.
·
81
·
Varias provincias
contratos de Aragón.
·
82
·
servicios.
Varias provincias 2. Anticipos de Canarias.
·
83
·
Varias provincias
personal: se consignará el mes/año en que se dicta el acto administrativo de Castilla-León.
·
84
·
concesión del anticipo.
Varias provincias 3. Gastos derivados de Castilla-La Mancha.
·
85
·
Varias provincias
contratos de Cataluña.
·
86
·
Varias provincias
obra. Para certificaciones de Valencia.
·
87
·
obra ordinarias, se consignará el mes/año al que corresponda la certificación.
Varias provincias Para certificaciones finales de Extremadura.
·
88
·
Varias provincias
obra se consignará el mes/año en que se efectúe la recepción de Galicia.
·
89
·
Varias provincias del País Vasco.
·
90
·
Varias provincias
conformidad de varias comunidades.
·
91
·
Varias provincias no regionalizables.
·
la obra. No obstante, en el caso de demora manifiesta en la recepción, se consignará el mes/año en que debería haberse producido la misma de acuerdo con los plazos establecidos en la Ley o en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
92 En el caso de que se haya producido ocupación previa a la recepción, se consignará el mes/año que figure en el acta de ocupación.
· En caso de liquidaciones de obra, se consignará el mes/año en que finaliza el plazo de garantía.
Extranjero. Para gastos derivados de indemnizaciones, se consignará el mes/año en que adquiere firmeza la liquidación de la indemnización.
· 4. Gastos derivados de contratos de suministros. Con carácter general, se consignará el mes/año en que se efectúe la entrega de los bienes.
2.º) Dos dígitos destinados En el caso de abonos y entregas a identificar cuenta se consignará el mes/año o último mes del periodo al que correspondan.
Si existen gastos derivados de la liquidación final de este
tipo de Centro físico contratos, se consignará el mes/año en que se efectúe la inversión recepción de conformidad. No obstante, en el caso de demora manifiesta en la recepción, se realiza, según consignará el mes/año en que debería haberse producido la siguiente tabla:
Centros Administrativos
00
·
Sede central.
·
01
·
Direcciones provinciales.
·
02
·
Agencias/Direcciones locales/CAISS.
·
03
·
Administraciones/UURE (Unidades
misma de Recaudación Ejecutiva»).
·
04
·
Oficinas integrales.
·
Centros Sanitarios
11
·
Consultorios.
·
12
·
Ambulatorios.
·
13
·
Ambulatorios
acuerdo con los plazos establecidos en la Ley o en el pliego de especialidades.
·
15
·
cláusulas administrativas particulares.
Centros Para gastos derivados de Salud.
·
16
·
Centros integrados
indemnizaciones, se consignará el mes/año en que adquiere firmeza la liquidación de atención primaria.
·
17
·
la indemnización.
Servicios 5. Gastos derivados de urgencia y emergencia.
·
21
·
Hospitales generales.
·
Centros
contratos de Personas Mayores
51
·
servicios. Con carácter general, se consignará el mes/año en que se efectúe la prestación del servicio.
Centros sociales En el caso de personas mayores.
·
52
·
Clubes
pagos parciales de tercera edad.
·
53
·
Residencias
gastos de válidos.
·
55
·
carácter periódico y tracto sucesivo, se consignará el mes/año o último mes del periodo al que correspondan.
Residencias mixtas Si existen gastos derivados de personas mayores.
·
Centros
la liquidación final de Personas Discapacitadas
62
·
Centros
este tipo de Atención para Personas con Discapacidad Física.-CAMF.
·
63
·
Centros
contratos, se consignará el mes/año en que se efectúe la recepción de Recuperación conformidad. No obstante, en el caso de Personas con Discapacidad Física.-CRMF.
·
64
·
Centros ocupacionales.
·
65
·
Centros base para personas
demora manifiesta en la recepción, se consignará el mes/año en que debería haberse producido la misma de acuerdo con discapacidad física.
·
Centros
los plazos establecidos en la Ley o en el pliego de Infancia y Juventud
74
·
Guarderías Infantiles.
·
75
·
Hogares escolares.
·
76
·
Comedores (CAI).
·
77
·
Colegios.
·
78
·
Escuelas formación profesional náutica–pesquera
cláusulas administrativas particulares.
· Para gastos derivados de indemnizaciones, se consignará el mes/año en que adquiere firmeza la liquidación de la indemnización.
Centros Estatales Especializados 6. Gastos derivados de Promoción revisiones de precios de contratos: se consignará el mes/año en que se produce la Autonomía Personal revisión o último mes del periodo al que correspondan dichos gastos.
7. Gastos en concepto de responsabilidad patrimonial
y Atención a otras indemnizaciones: se consignará el mes en que se dicta la Dependencia
80
·
resolución por la que se reconoce la indemnización.
Centros No obstante, aquellos gastos en concepto de Referencia Estatal (CRE).
·
84
·
Escuela estatal
indemnizaciones que tengan la naturaleza de servicios sociales.
·
Varios
91
·
Casas
prestaciones económicas del sistema de mar.
·
92
·
Centros
la Seguridad Social, se aplicarán las reglas establecidas en el extranjero.
·
93
·
Gerencia
apartado 15.–Gastos derivados de Informática.
·
94
prestaciones económicas.
· 8. Gastos derivados de convenios de colaboración y encomiendas de gestión: se consignará el mes/año o último mes del periodo al que correspondan los gastos.
Patrimonio 9. Adquisición de bienes inmuebles y otros bienes incorporales cuya adquisición no tenga la consideración de contratos de suministros o servicios: se consignará el mes/año en explotación.
·
95
que se efectúe la adquisición.
· 10. Gastos no contractuales, incluidos los de carácter periódico y de tracto sucesivo: se consignará el mes/año o último mes del periodo al que correspondan dichos gastos.
Buques sanitarios. 11. Impuestos: se consignará el mes/año del devengo del impuesto.
· 12. Arrendamientos: se consignará el mes/año o último mes del periodo al que correspondan dichos gastos.
96 13. Intereses de demora e indemnizaciones por los costes de cobro hasta el pago: se consignará el mes/año del pago.
· 14. Otros gastos financieros: se consignará el mes/año o último mes/año del periodo al que correspondan dichos gastos.
Centro 15. Gastos derivados de Formación prestaciones económicas. Con carácter general, para la liquidación de los gastos en concepto de prestaciones económicas que concede la Seguridad Social.
·
97
·
Centros nacionales
Social ya provengan de apoyo técnico-sanitario.
·
98
·
su acción protectora específica o de la colaboración con el Estado, se consignará el mes/año en que se produce el reconocimiento del derecho a percibir la prestación correspondiente.
Higiene No obstante, cuando las prestaciones se liquiden mediante nóminas de primeros pagos, pagos únicos, atrasos y Seguridad liquidaciones y otras de nóminas de pago diario que incorporen prestaciones reconocidas en distintos periodos mensuales, se consignará el Trabajo.
·
99
último mes del periodo al que correspondan.
· En el caso de que las prestaciones se liquiden mediante nóminas de pagos periódicos o sucesivos, se consignará el mes/año o, en su caso, el último mes del periodo al que correspondan las mismas.
Otros no clasificados. En el caso de gastos en concepto de incapacidad temporal derivadas de la compensación que las empresas realizan sobre las cotizaciones integras de sus trabajadores, como resultado de la colaboración en el pago de esta prestación (pago delegado), se consignará el mes/año al que corresponda el gasto en concepto de IT asumido por las empresas.
· 16. Gastos en concepto de transferencias: se consignará el mes/año en que se dicta el acto de reconocimiento del derecho de cobro del beneficiario.
3.º) Dos dígitos destinados a identificar ordinalmente cada centro Para aquellos gastos asociados al proceso de recaudación de las cotizaciones sociales en concepto de aportaciones al sostenimiento de servicios comunes, reaseguro obligatorio, reaseguro del exceso de pérdidas, entre otros, que las mutuas colaboradoras deben satisfacer, se consignará el mes/año que corresponda a la recaudación de dichas cotizaciones.
Para
los gastos derivados de su misma categoría la dotación y área geográfica. De liberación de los Fondos y Reserva que de conformidad con el artículo 96 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la conjunción Ley General de Área geográfica-Tipo la Seguridad Social, deben constituir las mutuas colaboradoras en la Tesorería General de Centro-Ordinal debe deducirse inequívocamente la identificación Seguridad Social, con el excedente de los resultados obtenidos en la gestión de las contingencias comunes, profesionales y cese de actividad, el campo origen del Centro. gasto se cumplimentará con referencia al mes/año en que se produce el pago.
4.º) Dos dígitos ordinarios En el caso de aportaciones a determinar entidades en concepto de compensación por la naturaleza económica del gasto, conforme prestación de servicios públicos cuya financiación corresponda a la siguiente tabla:
10
·
Adquisiciones solares.
·
·
11
·
Seguridad Social se consignará el mes/año de la prestación del servicio.
17. Gastos formalización.
·
·
20
en concepto de subvenciones. En el caso de subvenciones en régimen de concurrencia: se consignará el mes/año de la fecha de entrada de la documentación requerida para el pago de la subvención o fecha del pago al beneficiario, si es anterior.
· Para subvenciones de concesión directa, se consignará el mes/año en que se dicta la resolución que acuerda la concesión de la subvención.
Adquisiciones edificios Para los capitales coste de pensiones que las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social vengan obligadas a satisfacer a la Tesorería General de la Seguridad Social, como contrapartida de las pensiones y locales.
·
·
21
·
Gastos formalización.
·
·
30
otras prestaciones asumidas por la correspondiente entidad gestora, se consignará el mes/año en que se produce la notificación de la reclamación de la deuda practicada por el citado servicio común.
· 18. Para gastos que provengan de sentencias/autos: se consignará el mes/año de la sentencia o auto que reconoce el derecho de cobro por parte del beneficiario.
19. Gastos previos.
·
Obra nueva
·
31
·
Redacción proyecto.
·
32
·
Honorarios.
·
33
·
Principal.
·
34
·
Adicionales. Obra nueva.
·
35
·
Reformados.
·
36
·
Liquidaciones.
·
37
·
Revisiones
anticipados: En aquellos gastos de Precios.
·
40
cualquier naturaleza que se liquiden y por tanto, se imputen a presupuesto pero que no se hayan devengado en su totalidad, se consignará el último mes del periodo al que correspondan los mismos.
· 20. Indemnizaciones por razón de servicio: se consignará el mes/año o último mes en el que se produce el servicio, el desplazamiento, el traslado, la asistencia y los demás supuestos que dan derecho a la indemnización.
21. Gastos previos.
·
Adaptación, reforma, mejora
·
41
·
Redacción proyecto.
·
42
·
Honorarios.
·
43
·
Principal. Adaptación, reforma,
·
44
·
Adicionales. Mejora.
·
45
·
Reformados.
·
46
·
Liquidaciones.
·
47
·
Revisiones
abonados por fondo de precios.
·
50
·
Adquisiciones equipamiento.
·
·
60
·
Adquisición mobiliario.
·
·
70
·
Adquisición equipos sanitarios.
·
·
80
·
Adquisición equipos informáticos.
·
·
90
·
Otros.
·
·
5.º) Cuatro dígitos
maniobra: En los documentos ADOK.440 para la aplicación de uso discrecional por cada entidad, los pagos realizados con cargo al fondo de maniobra, se consignará el mes/ año en que se emite la cuenta justificativa. A estos efectos, para identificación del proyecto, certificación, etc. Se cubrirá los pagos que se realicen a ceros en través del subsistema de fondo de maniobra, el supuesto sistema emite el citado documento ADOK con referencia al mes/año de no resultar preciso. la emisión de la cuenta justificativa.
Si la cuenta justificativa incluye justificantes de ejercicios anteriores, cuando así lo permita la normativa vigente, se consignará el mes/año correspondiente al fin del ejercicio al que correspondan los justificantes. En este caso se deberá incluir en cuentas justificativas separadas los justificantes correspondientes a cada ejercicio.

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28 de diciembre de 2018 En vigor BOE-A-2018-17774 Leer Qué cambió
18 de septiembre de 2014 Texto original Leer

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