Legislación › Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
Regla 4. Fines y principios del Sistema de Información Contable de la Seguridad Social.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de septiembre de 2014 y la del 3 de noviembre de 2022.
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Regla 4. Fines y principios del Sistema de Información Contable de la Seguridad Social.
De acuerdo con la Ley General Presupuestaria, el SICOSS se adecuará a los siguientes fines: 1. Los fines del
a) Fines de gestión:
1) Suministrar información económica y financiera útil para la toma de decisiones.
2) Mostrar la ejecuciónpresupuesto Sistema de Información Contable de la Seguridad Social, poniendo de manifiesto los resultados presupuestarios, y proporcionar información para el seguimiento de Social son los objetivos previstos en los presupuestos generales del Estado. el artículo 120 de la
3) Poner de manifiesto los movimientos y situación de la tesoreríaSeguridad Social. Ley 47/2003, de
4) Suministrar información para la determinación de los costeslos servicios públicos. 26 de
5) Ponermanifiesto la composición y situación del patrimonio así como sus variaciones, noviembre, General Presupuestaria y determinar en particular los resultados desde establecidos en el punto de vista económico-patrimonial. artículo 3 del Real Decreto 1077/2021, de
b) Fines de control:
1) Proporcionar información para la elaboracióntodo tipo 7 de cuentas, estados y documentos diciembre, por el que hayan de rendirse o remitirse al Tribunal de Cuentas se regulan los principios generales y demás órganos la organización del sistema de control. información
2) Proporcionarpara el ejercicio de los controles contable de legalidad, financiero, la Seguridad Social, en adelante Real Decreto de economía, eficiencia y eficacia. SICOSS.
c) Fines de análisis 2. La organización y divulgación: funcionamiento del Sistema
1) Suministrar información para la elaboración de las cuentas económicas de las Administraciones Públicas, de acuerdo con elEuropeo de Cuentas Nacionales y Regionales. Información Contable de la
2) Suministrar información para posibilitar el análisis de los efectos económicos y financierosactividad desarrollada Seguridad Social se regirá por las entidades que integran los principios recogidos en el sistema artículo 4 del Real Decreto de la Seguridad Social. SICOSS.
3) Suministrar información útil para otros destinatarios.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de noviembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-17978 | Leer | Qué cambió |
| 18 de septiembre de 2014 | Texto original | Leer |


