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Legislación › Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana.

Disposición adicional octava. Régimen aplicable a las instalaciones ganaderas en relación con las obligaciones establecidas en materia de contaminación acústica.

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Disposición adicional octava. Régimen aplicable a las instalaciones ganaderas en relación con las obligaciones establecidas en materia de contaminación acústica.
Debido a las características especiales de estas instalaciones, se excluye de la obligación de efectuar estudio acústico y auditoría recogida en la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Protección contra la Contaminación Acústica y el Decreto 266/2004, de 3 de diciembre, que la desarrolla parcialmente, o normas que las sustituyan. (Suprimida)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2025-1 Leer Qué cambió
11 de julio de 2024 BOE-A-2024-90142 Leer Qué cambió
20 de agosto de 2014 Texto original Leer

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