Legislación › Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
Artículo 97.
Artículo 97.
Se modifica el anexo III Cuerpos, agrupaciones profesionales funcionariales y escalas gestionados por la Conselleria de Sanidad y organismos o entidades dependientes de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, con la incorporación de los siguientes cuerpos y escalas:
«Administración especial
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Cuerpo |
Superior Técnico de Inspección de Servicios Sanitarios |
A1 – S05 |
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Requisitos |
Licenciatura en Medicina o en Farmacia, o bien, título universitario oficial de grado más título oficial de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo. |
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Grupo/Subgrupo profesional |
A1 |
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Escalas |
A1 - S05 - 01 Inspector médico de servicios sanitarios |
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Funciones |
Dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar, controlar, inspeccionar, evaluar, asesorar y, en general, aquéllas de nivel superior propias de la profesión relacionadas con las actividades de inspección de servicios sanitarios. |
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Requisitos |
Licenciatura en Medicina, o bien, el correspondiente título universitario oficial de grado más título oficial de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo. |
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A1 - S05 - 02 Inspector farmacéutico de servicios sanitarios |
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Funciones |
Dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar, controlar, inspeccionar, evaluar, asesorar y, en general, aquéllas de nivel superior propias de la profesión relacionadas con la inspección de servicios sanitarios. |
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Requisitos |
Licenciatura en Farmacia, o bien, el correspondiente título universitario oficial de grado más título oficial de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo. |
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Administración especial
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Cuerpo |
Enfermero subinspector de servicios sanitarios |
A2-SO4 |
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Requisitos |
Diplomatura en Enfermería, o bien, el correspondiente título universitario oficial de grado que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habiliten para ejercer las actividades de carácter profesional relacionadas con las funciones asignadas al cuerpo. |
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Grupo/Subgrupo Profesional |
A2 |
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Funciones |
Actividades de propuesta, gestión, ejecución, control, tramitación, impulso, estudio e informe y, en general, las de colaboración técnica con el cuerpo superior y las propias de la profesión relacionadas con las actividades de la inspección de servicios sanitarios.» |
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Redactado conforme a la corrección de errores publicada en DOGV núm. 7195, de 20 de enero de 2014. BOE-A-2014-2112


