Legislación › Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio de funcionamiento entre el Institut Valencià de Finances (IVF) y el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2014 y la del 28 de septiembre de 2015.
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Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio de funcionamiento entre el Institut Valencià de Finances (IVF) y el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).
Hasta que se complete la transmisión de activos y pasivos al IVACE por parte del IVF, a que se refiere la disposición adicional octava de esta Ley, perdurará el Comité de Financiación Empresarial del IVF en su formato actual, que ejercerá, con relación a las operaciones y acuerdos aprobados por el mismo, las competencias que le atribuye el Reglamento del IVF, aprobado por Decreto 83/1994, de 26 de abril del Consell, en su redacción dada por el Decreto 20/2013, de 25 de enero, del Consell. Una vez completada la transmisión, el Comité de Financiación Empresarial del IVF deberá cesar en sus funciones actuales. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de septiembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-90543 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | Texto original | Leer |
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