Legislación › Ley 16/2014, de 30 de septiembre, por la que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Artículo 41. Cuotas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2015 y la del 29 de abril de 2015.
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Artículo 41. Cuotas.
1. Tarifa 4.1. Tasa por examen de la documentación necesaria para la autorización o declaración de no oposición y de otros actos relacionados con las siguientes entidades:
a) ESI excepto agencias de valores (AV) que soliciten autorización únicamente para la recepción y transmisión de órdenes, sin mantener fondos o instrumentos de sus clientes, presten o no adicionalmente el servicio de asesoramiento sobre inversiones (AV de ámbito restringido), sociedades gestoras de carteras (SGC) y empresas de asesoramiento financiero (EAFI).
b) SGIIC.
c) SGECR. SGEIC.
d) SGFT.
e) ESI y ESI, SGIIC y SGEIC no comunitarias o no sometidas a la Directiva 2009/65/CE, de 13 de julio, julio o no autorizadas al amparo de la Directiva 2011/61/UE, que presten servicios en España mediante sucursal o en régimen de libre prestación de servicios (ESI no comunitaria, SGIIC no comunitaria y SGIIC SGEIC no comunitaria).
Se aplicarán las siguientes cuotas de cuantía fija, en función del tipo de documentación a examinar:
Tarifa
·
Cuota fija (euros)
–
Euros
·
Tipo de documentación a examinar
·
Tarifa 4.1.1
·
10.000,00
·
Autorización de las entidades comprendidas en las letras de la a) a la d) anteriores y de las operaciones societarias que les afecten.
·
· Autorización para la prestación de servicios en España a las entidades comprendidas en la letra e) anterior.
·
·
Tarifa 4.1.2
·
5.000,00
·
Declaración de no oposición para adquisición de participaciones de control en las entidades comprendidas en las letras de la a) a la a), b), d) y e) anteriores.
·
Autorización a las entidades comprendidas en las letras a) a), b), c) y b) e) anteriores o sus grupos, para la creación o la toma de participación en ESI o ESI, SGIIC o SGEIC extranjeras domiciliadas en un Estado no miembro de la Unión Europea.
·
Autorización a las entidades comprendidas en las letras a) y b) a c) anteriores para la prestación de servicios mediante sucursal en un Estado no miembro de la Unión Europea.
·
Tarifa 4.1.3
·
3.000,00
·
Autorización de la modificación de estatutos Estatutos de las entidades comprendidas en las letras a) a d) anteriores.
·
Autorización de la modificación del programa de actividades de las entidades comprendidas en las letras a) a e) anteriores.
·
Declaración de no oposición para adquisición de participaciones significativas no de control en las entidades comprendidas en las letras de la a) a la a), b), d) y e) anteriores.
·
Autorización a las entidades comprendidas en las letras a) y b) a c) anteriores para la prestación de servicios mediante libre prestación de servicios en un Estado no miembro de la Unión Europea.
·
2. Tarifa 4.2. Tasa por examen de la documentación necesaria para la autorización o declaración de no oposición y de otros actos relacionados con las siguientes personas o entidades:
a) AV de ámbito restringido.
b) SGC.
c) EAFI.
Se aplicarán las siguientes cuotas de cuantía fija, en función del tipo de documentación a examinar:
Tarifa
·
Cuota fija (euros)
·
Tipo de documentación a examinar
·
Tarifa 4.2.1
·
6.000,00
·
Autorización de las entidades comprendidas en las letras a) y b) anteriores y de las operaciones societarias que les afecten.
·
Tarifa 4.2.2
·
3.000,00
·
Declaración de no oposición para adquisición de participaciones de control en las entidades comprendidas en las letras a) y b) anteriores.
Autorización a las entidades comprendidas en las letras a) y b) anteriores o sus grupos, para la creación o la toma de participación en ESI o SGIIC extranjeras domiciliadas en un Estado no miembro de la Unión Europea.
Autorización a las entidades comprendidas en las letras a) y b) anteriores para la prestación de servicios mediante sucursal o libre prestación de servicios en un Estado no miembro de la Unión Europea.
·
Tarifa 4.2.3
·
1.000,00
·
Autorización de las personas o entidades de la letra c) anterior y de sus operaciones societarias.
Declaración de no oposición para adquisición de participaciones significativas de control en las entidades de la letra c) anterior.
Autorización a las personas o entidades de la letra c) anterior o sus grupos para la creación o toma de participación en ESI o SGIIC domiciliadas en un Estado no miembro de la Unión Europea.
Autorización para la modificación de estatutos y del programa de actividades de las personas o entidades comprendidas en las letras a) a la c) anteriores.
Declaración de no oposición para adquisición de participaciones significativas no de control en las entidades comprendidas en las letras a) a la c) anteriores.
Autorización a las personas o entidades de la letra c) anterior para la prestación de servicios mediante sucursal o libre prestación de servicios en un Estado no miembro de la Unión Europea.
·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de abril de 2023 En vigor | BOE-A-2023-7053 | Leer | Qué cambió |
| 29 de abril de 2015 | BOE-A-2015-4607 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | Texto original | Leer |


