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Legislación › Ley 5/2014, de 25 de julio, de Fomento y Consolidación del Emprendimiento, el Trabajo Autónomo y las Pymes en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 19. Plan de Apoyo al emprendimiento, trabajo autónomo y pymes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de agosto de 2014 y la del 1 de enero de 2024. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 19. Plan de apoyo Apoyo al emprendimiento, trabajo autónomo y pymes.
La consejería competente Las consejerías competentes en materia de empleo elaborará, y economía elaborarán coordinadamente, con periodicidad cuatrienal, un Plan de apoyo al emprendimiento, trabajo autónomo y pymes en sus diferentes formas de organización social y económica que remitirá remitirán al Parlamento de Canarias, para su debate y posterior aprobación, en su caso.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2024 En vigor BOE-A-2024-10011 Leer Qué cambió
8 de agosto de 2014 Texto original Leer

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