Legislación › Ley 7/2014, de 30 de julio, de la Agencia Tributaria Canaria.
Artículo 34. Identidad corporativa.
Artículo 34. Identidad corporativa.
La Agencia Tributaria Canaria utilizará los signos de identificación del Gobierno de Canarias definidos reglamentariamente; no obstante, podrá utilizar una marca, imagotipo y logotipo propio, que será aprobado por el Consejo Rector previo informe de la consejería competente en esta materia.


