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Ley 34/2015, de 21 de septiembre, de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 22 de septiembre de 2015 · Último cambio el 19 de marzo de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único. Modificación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Disposición adicional primera. Controversias de organismos públicos en materia tributaria.
- Disposición adicional segunda. Referencias al Ministro de Economía y Hacienda o Ministerio de Economía y Hacienda.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por el Real Decreto de 14 de septiembre de 1882.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 23/2005, de 18 de noviembre, de reformas en materia tributaria para el impulso a la productividad.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.
- Disposición final sexta. Modificaciones en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
- Disposición final séptima. Creación de la tasa estatal por la prestación de servicios de respuesta por la Guardia Civil, en el interior de las Centrales nucleares u otras instalaciones nucleares. 2 redacciones · cambió el 19/03/2021
- Disposición final octava. Limitación del gasto en la Administración General del Estado.
- Disposición final novena. Título competencial.
- Disposición final décima. Modelo para la regularización voluntaria de deudas vinculadas a posibles delitos contra la Hacienda Pública.
- Disposición final undécima. Habilitación normativa.
- Disposición final duodécima. Entrada en vigor.
- Firma


