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Legislación › Ley 7/2015, de 7 de agosto, de iniciativa legislativa popular y participación ciudadana en el Parlamento de Galicia.

Artículo 3.

Artículo 3.

Quedan excluidas de la iniciativa legislativa popular las materias siguientes:

1. Las no atribuidas a la competencia de la Comunidad Autónoma.

2. Las de desarrollo básico del Estatuto de autonomía y las que, en todo caso, requieran para su aprobación el voto favorable de una mayoría cualificada.

3. Las de naturaleza presupuestaria y tributaria.

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