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Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
En vigor Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas · Publicada el 25 de septiembre de 2015 · Último cambio el 25 de septiembre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma
- REGLAMENTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Régimen jurídico.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Composición del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
- Artículo 4. Secciones.
- Artículo 5. Sustitución de titulares.
- Artículo 6. Funciones de los miembros del Tribunal.
- Artículo 7. Independencia y responsabilidad de los miembros del Tribunal.
- Artículo 8. Asistencia y adopción de acuerdos.
- Artículo 9. Actas de las sesiones.
- Artículo 10. Atribución de competencia por las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
- Artículo 11. Órganos competentes para la resolución de procedimientos especiales de revisión de las entidades locales.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 12. Lengua de los procedimientos que competen al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
- Artículo 13. Acumulación.
- Artículo 14. Comunicaciones y notificaciones.
- Artículo 15. Plazo de resolución del procedimiento.
- Artículo 16. Acceso al expediente de contratación.
- Sección 2
- Artículo 17. Presentación ante el órgano de contratación
- Artículo 18. Lugar de presentación.
- Artículo 19. Plazo de interposición: Casos específicos.
- Artículo 20. Presentación de documentos con copia.
- Artículo 21. Efectos de la interposición.
- Sección 3
- Artículo 22. Requisitos de admisión.
- Artículo 23. Inadmisión del recurso.
- Artículo 24. Casos especiales de legitimación.
- Sección 4
- Artículo 25. Medidas provisionales.
- Artículo 26. Garantías.
- Artículo 27. Forma de constituir las garantías.
- Sección 5
- Artículo 28. Remisión del expediente.
- Artículo 29. Puesta de manifiesto del expediente y alegaciones.
- Artículo 30. Prueba.
- Sección 6
- Artículo 31. Resolución.
- Artículo 32. Aclaración de resoluciones.
- Artículo 33. Indemnización de daños y perjuicios.
- Sección 7
- Artículo 34. Emplazamiento de las partes ante los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
- Artículo 35. Devolución de documentos.
- Artículo 36. Ejecución de las resoluciones.
- Artículo 37. Cancelación, devolución y ejecución de garantías.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 38. Tramitación electrónica del recurso, reclamación o cuestión de nulidad.
- Artículo 39. Condiciones y requisitos técnicos del procedimiento.
- Sección 2
- Artículo 40. Tramitación electrónica de las notificaciones.
- Artículo 41. Personas y entidades obligadas.
- Disposición adicional primera. Adaptación a los órganos de las comunidades autónomas.
- Disposición adicional segunda. Publicación de los pliegos en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
- Disposición adicional tercera. Relaciones del Tribunal con la Plataforma de Contratación del Sector Público.
- Disposición transitoria primera. Procedimientos en curso.
- Disposición transitoria segunda. Tramitación electrónica.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Referencias al recurso especial, reclamaciones, cuestiones de nulidad, órganos de contratación y entidades contratantes.
- Disposición final tercera. Habilitación normativa en materia de uso de medios electrónicos, informáticos o telemáticos.


