Legislación › Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.
Disposición transitoria tercera. Régimen sancionador de las concesiones.
Disposición transitoria tercera. Régimen sancionador de las concesiones.
El nuevo régimen sancionador establecido en el artículo 41.2.k) se aplicará también a las concesiones ya existentes, siempre que los hechos sancionados se realicen después de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de carreteras.
Se añade por el art. único.5 del Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre. BOE-A-2018-15345
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