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Decreto-ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes para la aplicación en las Illes Balears de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 5 de febrero de 2015 · Último cambio el 30 de diciembre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Competencias propias de las entidades locales.
- Artículo 2. Delegación de competencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a las entidades locales de las Illes Balears.
- Artículo 3. Ejercicio de las competencias de las entidades locales distintas a las propias o a las atribuidas por delegación.
- Artículo 4. Informe de inexistencia de duplicidades.
- Artículo 5. Procedimiento para la emisión de los informes previos.
- Artículo 6. Competencias que las entidades locales ejercían en materia de salud, servicios sociales, enseñanza e inspección sanitaria.
- Artículo 7. Adaptación de convenios, acuerdos y demás instrumentos de cooperación en los que se financien competencias delegadas.
- Artículo 8. Adaptación de convenios, acuerdos y demás instrumentos de cooperación en los que se financien competencias distintas a las propias y a las delegadas.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio del personal laboral propio de los consorcios. 2 redacciones · cambió el 30/12/2015
- Disposición final primera. Revisión.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- nu


