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Legislación › Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.

Disposición final segunda. Título competencial.

Disposición final segunda. Título competencial.

Esta ley se dicta al amparo de la competencia que al Estado atribuye en exclusiva el artículo 149.1.6.ª de la Constitución Española en materia de legislación procesal.

La disposición final primera se dicta al amparo de las competencias exclusivas del artículo 149.1.5.ª de la Constitución Española en materia de administración de justicia.

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