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Legislación › Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar.

Disposición transitoria cuarta. Apreciación de la agravante de reincidencia.

Disposición transitoria cuarta. Apreciación de la agravante de reincidencia.

A efectos de la apreciación de la agravante de reincidencia, se entenderán comprendidos en el mismo título del nuevo Código aquellos delitos previstos en el cuerpo legal que se deroga y que tengan análoga denominación y ataquen del mismo modo a idéntico bien jurídico.

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