Legislación › Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Canarias.
Artículo 7. Participación en sociedades mercantiles públicas.
Artículo 7. Participación en sociedades mercantiles públicas.
Se garantiza la participación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en las sociedades mercantiles de capital íntegramente perteneciente a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias o sus organismos autónomos, constituidas o que se constituyan a partir de la entrada en vigor de la presente ley, que tengan competencias, ejerzan funciones o realicen actividades que incidan en el ámbito económico-social y laboral y ello a través de las comisiones de seguimiento que a tal efecto se constituyan.


