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Legislación › Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas".

Artículo 6. Régimen de personal.

Artículo 6. Régimen de personal.

1. El personal al servicio del INTA, podrá estar formado por:

a) Personal investigador funcionario de carrera al servicio de Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, que se agrupa en las escalas mencionadas en la Ley 14/2011, de 1 de junio.

b) Personal técnico funcionario de carrera al servicio de Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado, que se agrupa en las escalas mencionadas en la Ley 14/2011, de 1 de junio.

c) Los funcionarios de los distintos cuerpos y escalas de la Administración, que se rigen por la normativa aplicable a los funcionarios de la Administración General del Estado.

d) Personal militar, que se regirá por su propia normativa.

e) El personal laboral, fijo y temporal, que se regirá por el convenio colectivo y demás normativa que le resulte de aplicación.

2. La contratación del personal Investigador de carácter laboral se llevará a efecto de conformidad con lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio.

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