Legislación › Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas".
Disposición adicional primera. Integración de patrimonios.
Disposición adicional primera. Integración de patrimonios.
1. Todos los bienes, derechos y obligaciones constituyentes del patrimonio del organismo autónomo que se integra quedan incorporados al patrimonio del INTA, a la entrada en vigor de este real decreto.
2. De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2, párrafo segundo de la mencionada Ley 15/2014, de 16 de septiembre, el INTA se subrogará en las funciones y en la titularidad de los derechos y las obligaciones y de toda clase de relaciones jurídicas que correspondan al CEHIPAR, ITM y LABINGE.
3. Los cambios de titularidad de los citados derechos, obligaciones y relaciones jurídicas que correspondan al organismo autónomo o unidades administrativas integradas, producidos a consecuencia de la subrogación a que se refiere el apartado anterior, no darán lugar en ningún caso a la extinción de los contratos o de las relaciones jurídicas preexistentes.
4. A la fecha de la entrada en vigor del estatuto que se aprueba por este real decreto, por el personal responsable del CEHIPAR, ITM y LABINGE, se realizará un inventario detallado respecto de todo el mobiliario, vehículos y demás enseres existentes e integrantes de los diferentes laboratorios, edificios e instalaciones y que se encontraban destinados a servir a aquellas unidades administrativas, para su adscripción al INTA.


