Legislación › Real Decreto 927/2015, de 16 de octubre, por el que se concede el uso de la bandera de España a la Policía Nacional.
Artículo 2. Órganos y unidades de la Dirección General de la Policía que podrán usar la bandera de España.
Artículo 2. Órganos y unidades de la Dirección General de la Policía que podrán usar la bandera de España.
En el ámbito de la Dirección General de la Policía, el uso de la bandera de España corresponderá a las Jefaturas Superiores de Policía y a la Escuela Nacional de Policía.


