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Legislación › Orden IET/2208/2015, de 20 de octubre, por la que se reconocen derechos de cobro del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética correspondientes a aportaciones indebidas realizadas en los años 2014 y 2015 al Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

Segundo. Derechos de cobro y cuantías correspondientes.

Segundo. Derechos de cobro y cuantías correspondientes.

1. Se reconocen los siguientes derechos de cobro:

CIF

Ingresos indebidos en el año 2014 (€)

Ingresos indebidos en el año 2015 (€)

Aceites del Sur - Coosur, S.A.

A80245129

47.186,00

–

Biomar Oil, S.L

B98002264

52.578,00

–

Cardiles Oil Company, S.L.

B85473247

–

79,35

Compañía Española de Petróleos, S.A.U.

A28003119

11.935.288,00

–

Forestal del Atlántico, S.A.

A15126253

69.933,41

–

Gas Natural SDG, S.A.

A08015497

28.803,00

–

lberdrola Generación España, S.A.U.

A95758371

4.463.561,00

–

Repsol Trading, S.A

A82489451

85.758,00

–

Repsol, S.A.

A78374725

19.398.703,00

–

Sampol Ingeniería y Obras, S.A.

A07088206

–

2.594,74

SheII & Disa Aviation España, S.L.

B86358520

330.735,09

–

Total

36.412.545,50

2.674,09

2. Estos derechos de cobro se realizarán con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

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