Legislación › Real Decreto 866/2015, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Aeronavegabilidad de la Defensa.
Artículo 13. Expedición del certificado de tipo.
Artículo 13. Expedición del certificado de tipo.
Una vez emitido el certificado técnico, la AAD expedirá el certificado de tipo, que irá firmado por un ingeniero aeronáutico de la Subdirección General de Inspección, Regulación y Estrategia Industrial de Defensa previo informe favorable del Consejo de Aeronavegabilidad.


