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Legislación › Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley.

Artículo 4. De la financiación de los créditos aprobados en el artículo 2 de la presente Ley.

Los créditos aprobados en el apartado Uno del artículo 2 de esta Ley, que ascienden a 351.856.294,76 miles de euros se financiarán:

a) Con los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se detallan en los estados de ingresos correspondientes y que se estiman en 299.032.344,96 miles de euros; y

b) Con el endeudamiento neto resultante de las operaciones que se regulan en el Capítulo I del Título V de esta Ley.

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