Legislación › Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Artículo 286. Normas aplicables.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de junio de 2024 y la del 12 de enero de 2024.
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Artículo 286. Normas aplicables.
1. Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios están obligados a cotizar por la contingencia de desempleo y tienen tendrán derecho a la protección por desempleo en los siguientes términos:
a) La protección por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena agrarios fijos y fijos discontinuos se aplicará conforme a lo establecido con carácter general en este título, con las especialidades establecidas título así como específicamente en esta sección. el apartado 1.a). 1.ª del artículo siguiente.
No cotizarán por la contingencia de desempleo, ni tendrán derecho a las prestaciones b) La protección por desempleo por los periodos de actividad correspondientes, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes, trabajadores por consanguinidad o afinidad hasta cuenta ajena agrarios eventuales se aplicará conforme a lo establecido específicamente en el segundo grado inclusive y, artículo siguiente y con carácter general en su caso, esta sección.
c) La protección por adopción, del titular desempleo específica de la explotación agraria los trabajadores por cuenta ajena agrarios eventuales residentes en la que trabajen siempre que convivan con este, salvo que se demuestre su condición las Comunidades Autónomas de asalariados. Andalucía y Extremadura se regirá por lo dispuesto en el artículo 288.
2. La cotización a la Seguridad Social durante la percepción de las prestaciones se regirá por lo dispuesto en el artículo 289.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de mayo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-10235 | Leer | Qué cambió |
| 12 de enero de 2024 | BOE-A-2024-664 | Leer | Qué cambió |
| 1 de junio de 2024 | BOE-A-2023-25759 | Leer | Qué cambió |
| 2 de enero de 2016 | Texto original | Leer |


