Legislación › Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Disposición adicional quincuagésima. Observatorio para el análisis y seguimiento de la prestación por cese de actividad por causas económicas, así como de la integración de períodos sin obligación de cotizar de los trabajadores autónomos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2023 y la del 1 de abril de 2023.
Tachado: lo que se quitó (41 palabras). Subrayado: lo que se añadió (37 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional quincuagésima. Observatorio para el análisis y seguimiento de la prestación por cese de actividad por causas económicas económicas, así como de la integración de períodos sin obligación de cotizar de los trabajadores autónomos.
En el un plazo de tres meses, meses desde el 1 de abril de 2023 y con el objetivo de mejorar la eficacia y cobertura de la prestación por cese de actividad por causas económicas de los trabajadores autónomos regulada en el artículo 331 331, así como de este texto, la integración de períodos sin obligación de cotizar regulada en el artículo 322, mediante orden ministerial, se creará un observatorio para el análisis y seguimiento de su funcionamiento integrado por representantes de la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones, de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, así como de las asociaciones de autónomos. A tales efectos, de forma periódica, propondrá aquellas medidas tendentes a la adaptación de la regulación y cobertura de los trabajadores autónomos por esta contingencia.
Téngase en cuenta que esta disposición, añadida por el art. 1.31 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. BOE-A-2022-12482, entra en vigor el 1 de enero de 2023, según determina su disposición final 5.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de abril de 2023 En vigor | BOE-A-2023-6967 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2023 | BOE-A-2022-12482 | Leer |
← Disposición adicional cuadragésima novena Índice Disposición adicional quincuagésima primera →


